Senasa establece pautas de control sanitario y de calidad para productos de la agricultura familiar
El organismo promoverá asimismo los requisitos mínimos sanitarios constructivos y de funcionamiento de establecimientos para que otros entes con competencia en el control de los alimentos -tales como los gobiernos municipales y provinciales- incorporen los nuevos conceptos técnicos en sus propias legislaciones. La resolución 562 del Senasa, que se publica hoy en el Boletín Oficial, abarcará a los establecimientos donde se faenen animales, depositen y elaboren productos, subproductos y derivados de origen animal. Prevé además la capacitación y el asesoramiento a productores, funcionarios provinciales y municipales (estos últimos ejercerán el control del funcionamiento de los emprendimientos de agricultura familiar). La medida recuerda que la ley 27.118 declaró de interés público a la agricultura familiar campesina e indígena “por su contribución a la seguridad y soberanía alimentaria del pueblo, por practicar y promover sistemas de vida y de producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de transformación productiva”. En ese sentido, se justifican “las intervenciones tendientes a la salvaguardia de la salud pública” y la elaboración de normas “que contemplen los riesgos de estas producciones y que consideren tecnologías y procesos adecuados a las posibilidades de dichos emprendimientos”. Fuente: Telam |